/ martes 5 de enero de 2021

HABLEMOS DERECHO

Del salario mínimo y su incremento para este año




La Ley Federal del Trabajo define al salario mínimo como la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada laboral.

Además, informa que el salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.

Precisa también que los salarios mínimos podrán ser generales para una o varias áreas geográficas de aplicación, que pueden extenderse a una o más entidades federativas o profesionales, para una rama determinada de la actividad económica o para profesiones, oficios o trabajos especiales, dentro de una o varias áreas geográficas.

Estipula igualmente que los salarios mínimos generales regirán para todos los trabajadores del área o áreas geográficas de aplicación que se determinen, independientemente de las ramas de la actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales.

Cabe mencionar que los salarios mínimos se fijarán por una Comisión Nacional de Salarios Mínimos integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno (Conasami).

Esta comisión acordó que en este año el nuevo salario mínimo se determinó partiendo del que se tuvo en el 2020, que fue de 123.22 pesos diarios, al cual se le adicionaron 10.46 pesos a través del llamado Monto Independiente de Recuperación (MIR) y después se le aplicó un incremento porcentual de 6%.

De este modo, el salario mínimo vigente para 2021 será de 141.7 pesos diarios en el país, un aumento de 15%, mientras para la zona libre de la frontera Norte pasará a 213.39 pesos diarios.

Es importante precisar que a partir de este año fueron incluidos por primera vez dos nuevos sectores históricamente olvidados, los trabajadoras del hogar y los jornaleros agrícolas, quienes tendrán un incremento de 160.19 pesos para trabajadores agrícolas y 154.03 pesos para empleados del hogar en el resto del país.

Esto implica un incremento de 30% en el salario mínimo vigente de jornaleras y jornaleros, así como 25% para trabajadores y trabajadoras del hogar.

Del salario mínimo y su incremento para este año




La Ley Federal del Trabajo define al salario mínimo como la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada laboral.

Además, informa que el salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.

Precisa también que los salarios mínimos podrán ser generales para una o varias áreas geográficas de aplicación, que pueden extenderse a una o más entidades federativas o profesionales, para una rama determinada de la actividad económica o para profesiones, oficios o trabajos especiales, dentro de una o varias áreas geográficas.

Estipula igualmente que los salarios mínimos generales regirán para todos los trabajadores del área o áreas geográficas de aplicación que se determinen, independientemente de las ramas de la actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales.

Cabe mencionar que los salarios mínimos se fijarán por una Comisión Nacional de Salarios Mínimos integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno (Conasami).

Esta comisión acordó que en este año el nuevo salario mínimo se determinó partiendo del que se tuvo en el 2020, que fue de 123.22 pesos diarios, al cual se le adicionaron 10.46 pesos a través del llamado Monto Independiente de Recuperación (MIR) y después se le aplicó un incremento porcentual de 6%.

De este modo, el salario mínimo vigente para 2021 será de 141.7 pesos diarios en el país, un aumento de 15%, mientras para la zona libre de la frontera Norte pasará a 213.39 pesos diarios.

Es importante precisar que a partir de este año fueron incluidos por primera vez dos nuevos sectores históricamente olvidados, los trabajadoras del hogar y los jornaleros agrícolas, quienes tendrán un incremento de 160.19 pesos para trabajadores agrícolas y 154.03 pesos para empleados del hogar en el resto del país.

Esto implica un incremento de 30% en el salario mínimo vigente de jornaleras y jornaleros, así como 25% para trabajadores y trabajadoras del hogar.