/ jueves 9 de septiembre de 2021

Hablemos Derecho

Deudores Alimentarios Morosos

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos, es un mecanismo que se emplea para inscribir a los deudores alimentarios morosos, con el propósito de hacerlos responsables de su obligación de dar alimentos.

De conformidad con la ley, el concepto de alimentos comprende todo aquello que es indispensable para el sustento del acreedor alimentario como habitación, vestido, asistencia médica y educación.

Por lo tanto, el deudor alimentario o deudor alimentista es aquél que tiene la obligación de proporcionar alimentos. Están obligados a proporcionar alimentos a los cónyuges, concubinos, hijos, padres, adoptante y adoptado, en las condiciones que dispongan los códigos civiles y familiares.

Resulta común que las personas obligadas a dar alimentos, dejen de cumplir con esta obligación de manera intencional, ya sea por cambiar de residencia, dejar de prestar servicios a la empresa que retiene de su salario la cantidad correspondiente a pensión alimenticia, afirmar que está desempleado, entre otros.

Según nuestra legislación familiar, un deudor alimentario moroso es la persona que, estando obligada a proporcionar alimentos, han dejado de cumplir con esa obligación por noventa días.

Ante esta situación y toda vez que por disposición constitucional el Estado está obligado a garantizar el derecho que tienen las personas a la alimentación, mayormente tratándose de menores, es que diversas disposiciones legales establecen como formas para garantizar la obligación alimentaria el depósito, la prenda, la hipoteca y la fianza; Sin embargo, en muchos de los casos estas garantías son insuficientes y el deudor alimentario continúa con el incumplimiento de su obligación.

Es así que, además de las vías legales para reclamar los alimentos al deudor alimentario, se creó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, como una forma de ejercer presión legal y lograr que los obligados alimentarios se responsabilicen; Este Registro Público de Deudores Alimentarios Morosos está a cargo del Registro Civil.


Deudores Alimentarios Morosos

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos, es un mecanismo que se emplea para inscribir a los deudores alimentarios morosos, con el propósito de hacerlos responsables de su obligación de dar alimentos.

De conformidad con la ley, el concepto de alimentos comprende todo aquello que es indispensable para el sustento del acreedor alimentario como habitación, vestido, asistencia médica y educación.

Por lo tanto, el deudor alimentario o deudor alimentista es aquél que tiene la obligación de proporcionar alimentos. Están obligados a proporcionar alimentos a los cónyuges, concubinos, hijos, padres, adoptante y adoptado, en las condiciones que dispongan los códigos civiles y familiares.

Resulta común que las personas obligadas a dar alimentos, dejen de cumplir con esta obligación de manera intencional, ya sea por cambiar de residencia, dejar de prestar servicios a la empresa que retiene de su salario la cantidad correspondiente a pensión alimenticia, afirmar que está desempleado, entre otros.

Según nuestra legislación familiar, un deudor alimentario moroso es la persona que, estando obligada a proporcionar alimentos, han dejado de cumplir con esa obligación por noventa días.

Ante esta situación y toda vez que por disposición constitucional el Estado está obligado a garantizar el derecho que tienen las personas a la alimentación, mayormente tratándose de menores, es que diversas disposiciones legales establecen como formas para garantizar la obligación alimentaria el depósito, la prenda, la hipoteca y la fianza; Sin embargo, en muchos de los casos estas garantías son insuficientes y el deudor alimentario continúa con el incumplimiento de su obligación.

Es así que, además de las vías legales para reclamar los alimentos al deudor alimentario, se creó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, como una forma de ejercer presión legal y lograr que los obligados alimentarios se responsabilicen; Este Registro Público de Deudores Alimentarios Morosos está a cargo del Registro Civil.