/ jueves 8 de octubre de 2020

Medidas para la reestructuración de los créditos o adeudos bancarios por los efectos económicos del covid-19

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en conjunto con las autoridades financieras y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), lanzaron un nuevo paquete de medidas para apoyar a las personas y empresas en la reestructuración de créditos, con menores tasas de interés o extensión de plazos de pago, incluso quitas, a fin de mitigar los efectos económicos por el COVID-19; "Esto con el objetivo de aminorar sus compromisos crediticios y proteger su patrimonio, al disminuir las mensualidades a pagar mediante reducciones de tasas de interés o extensiones de los plazos".

Esto implica que las instituciones bancarias podrán reestructurar los créditos de sus clientes disminuyendo, al menos 25 por ciento, el pago que se venía realizando, para de esta forma, ajustar los esquemas de pago a la nueva realidad de las economías de los acreditados y sus familias, por lo que, al disminuir el pago que se venía realizando, implicará que se amplíe el plazo remanente hasta en un 50 por ciento del plazo original, así como disminuir la tasa de interés y hacer quitas de capital.

Tanto el Buró de Crédito, como el Círculo de Crédito, deberán aplicar un tratamiento preferencial a los créditos que sean enviados con reestructuras por parte de las instituciones financieras.

Cabe mencionar que los créditos que se reestructuren, y que durante la pandemia se hayan mantenido puntuales en sus pagos ya sea por no haber entrado al programa de diferimiento de pagos o estar al corriente, no tendrán ninguna marca negativa en las Sociedades de Información Crediticia (SIC), sino únicamente “marcas suaves” para no afectar su historial crediticio.

Mientras que aquellos créditos que hoy se encuentren en cartera vencida, pero que se reestructuren, permanecerán en cartera vencida mientras no haya evidencia de pago sostenido, y serán marcados de forma negativa en las Sociedades de Información Crediticia (SIC).

Por lo que usted tiene el derecho de que su institución bancaria le efectúe una reestructuración de su deuda crediticia, con la finalidad de poder pagar un monto menor en sus mensualidades, menos intereses y/o ampliar el plazo del crédito o financiamiento; o bien, negociar una quita de capital, para poder pagar su adeudo.

Pero en todo caso, no es recomendable entregar ningún importe de dinero a los despachos de cobranzas, sino directamente a la institución bancaria, previo convenio de pago que se realice, en donde se especifique el monto total a pagar, para no ser víctima de algún engaño o fraude.



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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en conjunto con las autoridades financieras y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), lanzaron un nuevo paquete de medidas para apoyar a las personas y empresas en la reestructuración de créditos, con menores tasas de interés o extensión de plazos de pago, incluso quitas, a fin de mitigar los efectos económicos por el COVID-19; "Esto con el objetivo de aminorar sus compromisos crediticios y proteger su patrimonio, al disminuir las mensualidades a pagar mediante reducciones de tasas de interés o extensiones de los plazos".

Esto implica que las instituciones bancarias podrán reestructurar los créditos de sus clientes disminuyendo, al menos 25 por ciento, el pago que se venía realizando, para de esta forma, ajustar los esquemas de pago a la nueva realidad de las economías de los acreditados y sus familias, por lo que, al disminuir el pago que se venía realizando, implicará que se amplíe el plazo remanente hasta en un 50 por ciento del plazo original, así como disminuir la tasa de interés y hacer quitas de capital.

Tanto el Buró de Crédito, como el Círculo de Crédito, deberán aplicar un tratamiento preferencial a los créditos que sean enviados con reestructuras por parte de las instituciones financieras.

Cabe mencionar que los créditos que se reestructuren, y que durante la pandemia se hayan mantenido puntuales en sus pagos ya sea por no haber entrado al programa de diferimiento de pagos o estar al corriente, no tendrán ninguna marca negativa en las Sociedades de Información Crediticia (SIC), sino únicamente “marcas suaves” para no afectar su historial crediticio.

Mientras que aquellos créditos que hoy se encuentren en cartera vencida, pero que se reestructuren, permanecerán en cartera vencida mientras no haya evidencia de pago sostenido, y serán marcados de forma negativa en las Sociedades de Información Crediticia (SIC).

Por lo que usted tiene el derecho de que su institución bancaria le efectúe una reestructuración de su deuda crediticia, con la finalidad de poder pagar un monto menor en sus mensualidades, menos intereses y/o ampliar el plazo del crédito o financiamiento; o bien, negociar una quita de capital, para poder pagar su adeudo.

Pero en todo caso, no es recomendable entregar ningún importe de dinero a los despachos de cobranzas, sino directamente a la institución bancaria, previo convenio de pago que se realice, en donde se especifique el monto total a pagar, para no ser víctima de algún engaño o fraude.



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