/ viernes 13 de septiembre de 2019

¡Abusado! ¿Sabes cuánto te deben pagar si trabajas el 16 de septiembre?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo se considera como día inhábil, por lo que si te toca laborar ese día tendrás un salario doble extra.

Este fin de semana es el primer puente del calendario escolar 2019-2020, por lo que el próximo lunes 16 de septiembre no se trabajará, pero si eres parte de ese grupo que tendrá que trabajar, debes estar bien informado de cuánto se te debe pagar por ley.

Según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el 16 de septiembre es considerado día inhábil por la conmemoración del aniversario de la Independencia de México.

El artículo 75 indica que los todos los empleados que laboren dicha fecha se les pagará, aparte de su sueldo, un salario doble extra, conocido como "pago triple", porque se les paga el día festivo que se supone deben descansar, por lo que el patrón o empresa debe pagar el 200% adicional.

¡OJO! Se debe considerar que, si no trabajas ese día o si el día festivo se empalma con tu día descanso el patrón no está obligado a realizar dicho pago.

Anota en tu calendario, el próximo día inhábil será el 1ero y 18 de noviembre, y ahora ya lo sabes, si te toca trabajar ese día deberás recibir el "pago triple".

Este fin de semana es el primer puente del calendario escolar 2019-2020, por lo que el próximo lunes 16 de septiembre no se trabajará, pero si eres parte de ese grupo que tendrá que trabajar, debes estar bien informado de cuánto se te debe pagar por ley.

Según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el 16 de septiembre es considerado día inhábil por la conmemoración del aniversario de la Independencia de México.

El artículo 75 indica que los todos los empleados que laboren dicha fecha se les pagará, aparte de su sueldo, un salario doble extra, conocido como "pago triple", porque se les paga el día festivo que se supone deben descansar, por lo que el patrón o empresa debe pagar el 200% adicional.

¡OJO! Se debe considerar que, si no trabajas ese día o si el día festivo se empalma con tu día descanso el patrón no está obligado a realizar dicho pago.

Anota en tu calendario, el próximo día inhábil será el 1ero y 18 de noviembre, y ahora ya lo sabes, si te toca trabajar ese día deberás recibir el "pago triple".

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