/ sábado 18 de enero de 2020

Falta cumplir ley en uso de armas

De enero a noviembre del 2019 se reportaron cerca de mil delitos en los se usaron diversos tipos de pistolas

En el estado de Sonora, según cifras registradas en el informe de incidencia delictiva del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp), entre los meses de enero a noviembre del año 2019, se reportaron un total de 838 delitos con arma de fuego, de los cuales San Luis Río Colorado influyó en 68 casos, que de manera desglosada cifran en 53 homicidios dolosos y 15 delitos que resultaron en lesiones dolosas.

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Respecto a dicha cifra y en relación al uso de armas y de sus posibles sanciones, habló Francisco Javier Morfín Padilla, licenciado en Derecho y presidente del Colegio de Abogados de San Luis Río Colorado, quien además explicó que, en sus más de tres décadas litigando, “siempre ha sido así. El Estado no tiene los instrumentos necesarios para solucionar ese problema. Esto es un negocio; La posesión de armas y su uso indebido debería estar controlado por la propia Ley, pero no se aplica”.

El artículo 8 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, dice que “no se permitirá la posesión ni portación de las armas prohibidas por la Ley ni de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea”. Así mismo, dicho documento expresa en su artículo 9 que pueden poseerse o portarse, con las limitaciones establecidas, pistolas de funcionamiento semi-automático de calibre no superior al .380 (9mm.) y revólveres en calibres no superiores al .38 Especial.”

Al respecto, el entrevistado comentó que el delito del uso de armas de fuego alcanzan beneficios, siempre y cuando no se involucren las de uso exclusivo del ejército, de un grueso calibre y que las sanciones serán dependiente del criterio del juez que atienda el caso, según las variantes del hecho o presuntos delitos imputados, lo cual manifestó podría ir desde multas hasta la privación de la libertad de una persona, aunque sin especificar montos ni duración de las sentencias.

NO HAY RESPETO A LA LEY

“Las leyes no se respetan, en lo absoluto”, compartió Morfín, reiterando que el principal problema además de la descomposición social y falta de educación en el hogar, es que esta ciudad está a escasos metros de Estados Unidos, un país donde sus leyes permiten su adquisición.

“Detienen a personas con todo un arsenal y por alguna deficiencia en la ley los tienen que soltar; el abogado se aprovechará de estas deficiencias que tenga la autoridad al momento de investigar los hechos. Es por este nuevo sistema de Justicia Penal que el acusado lleva todo el proceso en libertad, lo cual ha sido motivo para convocar e impulsar contrarreformas, ya que algunos ameritan prisión preventiva.

La Policía Municipal informó que en caso de arrestar a una persona por portación de armas será remitido a la Fiscalía General de la República.

En el estado de Sonora, según cifras registradas en el informe de incidencia delictiva del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp), entre los meses de enero a noviembre del año 2019, se reportaron un total de 838 delitos con arma de fuego, de los cuales San Luis Río Colorado influyó en 68 casos, que de manera desglosada cifran en 53 homicidios dolosos y 15 delitos que resultaron en lesiones dolosas.

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Respecto a dicha cifra y en relación al uso de armas y de sus posibles sanciones, habló Francisco Javier Morfín Padilla, licenciado en Derecho y presidente del Colegio de Abogados de San Luis Río Colorado, quien además explicó que, en sus más de tres décadas litigando, “siempre ha sido así. El Estado no tiene los instrumentos necesarios para solucionar ese problema. Esto es un negocio; La posesión de armas y su uso indebido debería estar controlado por la propia Ley, pero no se aplica”.

El artículo 8 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, dice que “no se permitirá la posesión ni portación de las armas prohibidas por la Ley ni de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea”. Así mismo, dicho documento expresa en su artículo 9 que pueden poseerse o portarse, con las limitaciones establecidas, pistolas de funcionamiento semi-automático de calibre no superior al .380 (9mm.) y revólveres en calibres no superiores al .38 Especial.”

Al respecto, el entrevistado comentó que el delito del uso de armas de fuego alcanzan beneficios, siempre y cuando no se involucren las de uso exclusivo del ejército, de un grueso calibre y que las sanciones serán dependiente del criterio del juez que atienda el caso, según las variantes del hecho o presuntos delitos imputados, lo cual manifestó podría ir desde multas hasta la privación de la libertad de una persona, aunque sin especificar montos ni duración de las sentencias.

NO HAY RESPETO A LA LEY

“Las leyes no se respetan, en lo absoluto”, compartió Morfín, reiterando que el principal problema además de la descomposición social y falta de educación en el hogar, es que esta ciudad está a escasos metros de Estados Unidos, un país donde sus leyes permiten su adquisición.

“Detienen a personas con todo un arsenal y por alguna deficiencia en la ley los tienen que soltar; el abogado se aprovechará de estas deficiencias que tenga la autoridad al momento de investigar los hechos. Es por este nuevo sistema de Justicia Penal que el acusado lleva todo el proceso en libertad, lo cual ha sido motivo para convocar e impulsar contrarreformas, ya que algunos ameritan prisión preventiva.

La Policía Municipal informó que en caso de arrestar a una persona por portación de armas será remitido a la Fiscalía General de la República.

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