/ jueves 23 de abril de 2020

¿Qué es el toque de queda y por qué SLRC no puede implementarlo?

Esta medida por lo general se aplica en situaciones muy críticas que pongan en riesgo la vida de los habitantes de un lugar

Al ser San Luis Río Colorado el punto máximo de alerta en Sonora por el número de casos de contagio por Covid-19, una impresión de los ciudadanos es la necesidad de que las autoridades de gobierno activen un toque de queda para la ciudad, de esta manera evitar la movilidad vehicular y reducir la propagación del virus, sin embargo, la opción de emitir ese tipo de alerta es restringida y requiere de mucha responsabilidad.

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El toque de queda es una restricción que establecen las instituciones gubernamentales, consiste en prohibir a cualquiera que circule libremente por las calles de una ciudad o espacios públicos y que en vez de eso la población permanezca en sus viviendas.

Esta medida por lo general se aplica en situaciones muy críticas que pongan en riesgo la vida de los habitantes de un lugar, con el fin de garantizar la seguridad de los ciudadanos o grupos de gente es un mismo perímetro.

Sin embargo, la autoridad local de San Luis Río Colorado, ni la estatal en nombre de la gobernadora Claudia Pavlovich, son quienes definen se active un toque de queda, reveló recientemente el alcalde Santos González Yescas.

“El único facultado para emitir un toque de queda es el presidente de la república con anuencia del Congreso de la Unión, del Senado y con el apoyo del ejército, ni la Gobernadora ni su servidor podemos emprender un toque de queda”, expresó.

Aunado a ello, se investigó que el artículo 29 de la Constitución Mexicana establece que sólo el titular del Poder Ejecutivo, es decir, el presidente del país, tiene la autoridad para limitar o restringir la libertad de tránsito de los ciudadanos.

Por lo anterior es que las autoridades locales no han emitido como tal un toque de queda, aunque se han apegado a los protocolos propios y estatales de hacer uso de la fuerza pública en pedir a la gente que circula sin temas esenciales que vuelva a casa o bien, se atengan a pagar una sanción económica, por desobedecer a la ley.

Aunque en ciudades como Puerto Peñasco, Caborca, Santa Ana y varias más del estado sonorense se ha hablado de la implementación del toque de queda, no se trata como tal de uno decretado, sino de recomendaciones de la autoridad para que menos gente circule por la vía pública durante la contingencia.

Aunque sea San Luis Río Colorado el municipio de Sonora con más casos de Covid-19, para las autoridades estatales y municipales, el toque de queda no es su opción, sino del mandatario nacional

Al ser San Luis Río Colorado el punto máximo de alerta en Sonora por el número de casos de contagio por Covid-19, una impresión de los ciudadanos es la necesidad de que las autoridades de gobierno activen un toque de queda para la ciudad, de esta manera evitar la movilidad vehicular y reducir la propagación del virus, sin embargo, la opción de emitir ese tipo de alerta es restringida y requiere de mucha responsabilidad.

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El toque de queda es una restricción que establecen las instituciones gubernamentales, consiste en prohibir a cualquiera que circule libremente por las calles de una ciudad o espacios públicos y que en vez de eso la población permanezca en sus viviendas.

Esta medida por lo general se aplica en situaciones muy críticas que pongan en riesgo la vida de los habitantes de un lugar, con el fin de garantizar la seguridad de los ciudadanos o grupos de gente es un mismo perímetro.

Sin embargo, la autoridad local de San Luis Río Colorado, ni la estatal en nombre de la gobernadora Claudia Pavlovich, son quienes definen se active un toque de queda, reveló recientemente el alcalde Santos González Yescas.

“El único facultado para emitir un toque de queda es el presidente de la república con anuencia del Congreso de la Unión, del Senado y con el apoyo del ejército, ni la Gobernadora ni su servidor podemos emprender un toque de queda”, expresó.

Aunado a ello, se investigó que el artículo 29 de la Constitución Mexicana establece que sólo el titular del Poder Ejecutivo, es decir, el presidente del país, tiene la autoridad para limitar o restringir la libertad de tránsito de los ciudadanos.

Por lo anterior es que las autoridades locales no han emitido como tal un toque de queda, aunque se han apegado a los protocolos propios y estatales de hacer uso de la fuerza pública en pedir a la gente que circula sin temas esenciales que vuelva a casa o bien, se atengan a pagar una sanción económica, por desobedecer a la ley.

Aunque en ciudades como Puerto Peñasco, Caborca, Santa Ana y varias más del estado sonorense se ha hablado de la implementación del toque de queda, no se trata como tal de uno decretado, sino de recomendaciones de la autoridad para que menos gente circule por la vía pública durante la contingencia.

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