/ viernes 27 de mayo de 2022

¿Sabes qué empresas están obligadas al pago de utilidades a sus trabajadores?

El pago del reparto de utilidades es el derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtuvo la empresa durante el año

El próximo 30 de mayo finalizará el plazo para que los patrones hagan el pago del reparto de utilidades a los empleados, el cual es un derecho que tiene el trabajador establecido en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Podría ser de tu interés: Afirman que no se ha recuperado México de la pandemia

A través de redes sociales, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) informa que todos los trabajadores de planta o eventuales tienen derecho al reparto de utilidades, incluidos aquellos que laboraron el año anterior al servicio de uno o más empleadores, excepto las personas que ocupan los puestos de dirección, administración, gerencias generales, socios, accionistas, trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda y trabajadores del hogar.


El 30 de mayo vence el plazo para el pago del reparto de utilidades a los trabajadores / Raúl Caballero | Tribuna de San Luis


El SAT indica que la cantidad exacta a distribuir depende del número de días trabajados en el año y el monto de los salarios devengados durante el mismo, en función de las utilidades generadas por el empleador.

Se hace hincapié que el reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que deba presentarse la Declaración Anual del empleador, de acuerdo con los siguientes periodos: si el empleador es una persona moral, del 1 de abril al 30 de mayo y si el empleador es una persona física, del 1 de mayo al 29 de junio.

SE PUEDE DENUNCIAR A QUIEN NO PAGUE

Quienes están obligados a dar utilidades son todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo y, en general, todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, sean o no contribuyentes del impuesto sobre la renta.

Los empleadores no obligados a dar utilidades son las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento; las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento y las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.

Tampoco están obligadas al pago de reparto de utilidades las instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro; el IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia y las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.

RECIBE LAS NOTICIAS DE TRIBUNA DIRECTO EN TU WHATSAPP, SUSCRÍBETE AQUÍ

Si el patrón obligado no paga el reparto de utilidades, los trabajadores deben presentar su denuncia en: inspeccionfederal@stps.gob.mx.

Para más información y asesoría, los trabajadores pueden consultar el portal del SAT: sat.gob.mx.

El próximo 30 de mayo finalizará el plazo para que los patrones hagan el pago del reparto de utilidades a los empleados, el cual es un derecho que tiene el trabajador establecido en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Podría ser de tu interés: Afirman que no se ha recuperado México de la pandemia

A través de redes sociales, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) informa que todos los trabajadores de planta o eventuales tienen derecho al reparto de utilidades, incluidos aquellos que laboraron el año anterior al servicio de uno o más empleadores, excepto las personas que ocupan los puestos de dirección, administración, gerencias generales, socios, accionistas, trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda y trabajadores del hogar.


El 30 de mayo vence el plazo para el pago del reparto de utilidades a los trabajadores / Raúl Caballero | Tribuna de San Luis


El SAT indica que la cantidad exacta a distribuir depende del número de días trabajados en el año y el monto de los salarios devengados durante el mismo, en función de las utilidades generadas por el empleador.

Se hace hincapié que el reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que deba presentarse la Declaración Anual del empleador, de acuerdo con los siguientes periodos: si el empleador es una persona moral, del 1 de abril al 30 de mayo y si el empleador es una persona física, del 1 de mayo al 29 de junio.

SE PUEDE DENUNCIAR A QUIEN NO PAGUE

Quienes están obligados a dar utilidades son todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo y, en general, todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, sean o no contribuyentes del impuesto sobre la renta.

Los empleadores no obligados a dar utilidades son las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento; las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento y las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.

Tampoco están obligadas al pago de reparto de utilidades las instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro; el IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia y las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.

RECIBE LAS NOTICIAS DE TRIBUNA DIRECTO EN TU WHATSAPP, SUSCRÍBETE AQUÍ

Si el patrón obligado no paga el reparto de utilidades, los trabajadores deben presentar su denuncia en: inspeccionfederal@stps.gob.mx.

Para más información y asesoría, los trabajadores pueden consultar el portal del SAT: sat.gob.mx.

Local

¿Sabes cómo identificar a una víbora venenosa?

Bomberos Voluntarios hacen un llamado a no maltratar ni atentar contra esas especies y, en caso de encontrar una en sus viviendas, deben realizar el reporte al 911 o al 653-5341555

Campo

Tendrán reunión ejidatarios con BID para desarrollar proyectos

Se trata de una plática con funcionarios de esa institución para platicar acerca de formas para el desarrollo de proyectos

Local

Consulado de EU en Tijuana permite adelantar citas hasta un año con nuevo sistema en línea

Ciertos usuarios tendrán la opción de poner una cita mucho más adelantada que la que les puso en Consulado, pueden adelantar hasta un año

Local

Docente de la UES-San Luis está de intercambio académico en Colombia

Junto con Mayauel Magdaleno Moreno, de Hermosillo, realizan una estancia en la Universidad La Gran Colombia, donde participan en un intercambio cultural y académico

Local

Solicitan pavimentación en calles de la primaria Topahue

Se trata de una rúa que todos los días es altamente transitada por los residentes del Sur de la ciudad

Campo

Empresas locales de dátil finalizan exitosamente proceso crucial de polinización

Se trata del proceso más importante del dátil, que determina si la palma da fruto o no