/ viernes 25 de enero de 2019

Sí existe “toque de queda” en San Luis, Arizona

A diferencia de la ciudad de San Luis Río Colorado, Sonora, donde el término es anticonstitucional, allá se penaliza a los padres con audiencia en Corte

San Luis, Arizona. - A menos que sean los padres o guardianes legales los que acompañen a los menores de 18 años a la calle, una ordenanza municipal en esta ciudad contempla el “toque de queda” que en San Luis Río Colorado es anticonstitucional.

De hecho, desde 1980 se implementó la Ordenanza que forma parte de los Códigos Municipales, y que se puede encontrar bajo el término específico de “Toque de Queda” en el código 92.01 que indica que es “ilegal que a un menor de 18 años se le permita o se le ocasione andar en la vía pública o en algún espacio público de la ciudad en el horario entre las 10:00 de la noche y las 6:00 de la mañana”, refirió el teniente Marco Santana.

El elemento de la Policía de San Luis, Arizona, indicó que es permanente la aplicación de la ley local, pues es común en los fines de semana y sobre todo en las temporadas de graduaciones, “cuando los muchachos deciden ir a México a los antros”.

En esos casos, reiteró, se debe de organizar la familia y procurar que los padres, dentro del periodo del “toque de queda” regresen con los hijos.

“Se les sanciona a los menores de encontrarse solos en la calle, con una audiencia a Corte Juvenil, y derivado de esa ordenanza está la 92.02 en la que se establece que a los padres o guardianes legales se les infracciona por el juez municipal”, advirtió.

Más información en la edición impresa de mañana Sábado.

San Luis, Arizona. - A menos que sean los padres o guardianes legales los que acompañen a los menores de 18 años a la calle, una ordenanza municipal en esta ciudad contempla el “toque de queda” que en San Luis Río Colorado es anticonstitucional.

De hecho, desde 1980 se implementó la Ordenanza que forma parte de los Códigos Municipales, y que se puede encontrar bajo el término específico de “Toque de Queda” en el código 92.01 que indica que es “ilegal que a un menor de 18 años se le permita o se le ocasione andar en la vía pública o en algún espacio público de la ciudad en el horario entre las 10:00 de la noche y las 6:00 de la mañana”, refirió el teniente Marco Santana.

El elemento de la Policía de San Luis, Arizona, indicó que es permanente la aplicación de la ley local, pues es común en los fines de semana y sobre todo en las temporadas de graduaciones, “cuando los muchachos deciden ir a México a los antros”.

En esos casos, reiteró, se debe de organizar la familia y procurar que los padres, dentro del periodo del “toque de queda” regresen con los hijos.

“Se les sanciona a los menores de encontrarse solos en la calle, con una audiencia a Corte Juvenil, y derivado de esa ordenanza está la 92.02 en la que se establece que a los padres o guardianes legales se les infracciona por el juez municipal”, advirtió.

Más información en la edición impresa de mañana Sábado.

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