/ miércoles 9 de enero de 2019

Corte reconoce pensión por viudez a parejas gay

Los ministros determinaron inconstitucional el Artículo 130 de la Ley del Seguro Social el cual solo beneficia a parejas integradas por hombre y mujer

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó esta tarde que las parejas del mismo sexo tienen pleno derecho a la seguridad social.

En su sesión de este miércoles, los ministros analizaron un caso en el que ante la muerte de una persona que vivía en concubinato, y que en vida fue trabajador asegurado, su pareja (del mismo sexo) reclamó del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la negativa al otorgamiento de la pensión de viudez.

La negativa de pensión se sustentó en el Artículo 130 de la Ley del Seguro Social, que establece que sólo tienen derecho a esa pensión las parejas integradas por hombre y mujer.

La Segunda Sala consideró que el citado artículo es inconstitucional, porque condiciona el disfrute de dicha pensión a que el solicitante sea de un sexo diferente al del trabajador o pensionado fallecido.

Ello, determinaron los ministros del alto tribunal, viola el derecho a la seguridad social, el principio de igualdad y no discriminación y el derecho de protección a la familia, establecidos en los artículos 1, 4 y 123, Apartado A, fracción XXIX de la Constitución Federal.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó esta tarde que las parejas del mismo sexo tienen pleno derecho a la seguridad social.

En su sesión de este miércoles, los ministros analizaron un caso en el que ante la muerte de una persona que vivía en concubinato, y que en vida fue trabajador asegurado, su pareja (del mismo sexo) reclamó del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la negativa al otorgamiento de la pensión de viudez.

La negativa de pensión se sustentó en el Artículo 130 de la Ley del Seguro Social, que establece que sólo tienen derecho a esa pensión las parejas integradas por hombre y mujer.

La Segunda Sala consideró que el citado artículo es inconstitucional, porque condiciona el disfrute de dicha pensión a que el solicitante sea de un sexo diferente al del trabajador o pensionado fallecido.

Ello, determinaron los ministros del alto tribunal, viola el derecho a la seguridad social, el principio de igualdad y no discriminación y el derecho de protección a la familia, establecidos en los artículos 1, 4 y 123, Apartado A, fracción XXIX de la Constitución Federal.

Local

¿Sabes cómo identificar a una víbora venenosa?

Bomberos Voluntarios hacen un llamado a no maltratar ni atentar contra esas especies y, en caso de encontrar una en sus viviendas, deben realizar el reporte al 911 o al 653-5341555

Campo

Tendrán reunión ejidatarios con BID para desarrollar proyectos

Se trata de una plática con funcionarios de esa institución para platicar acerca de formas para el desarrollo de proyectos

Local

Consulado de EU en Tijuana permite adelantar citas hasta un año con nuevo sistema en línea

Ciertos usuarios tendrán la opción de poner una cita mucho más adelantada que la que les puso en Consulado, pueden adelantar hasta un año

Local

Docente de la UES-San Luis está de intercambio académico en Colombia

Junto con Mayauel Magdaleno Moreno, de Hermosillo, realizan una estancia en la Universidad La Gran Colombia, donde participan en un intercambio cultural y académico

Local

Solicitan pavimentación en calles de la primaria Topahue

Se trata de una rúa que todos los días es altamente transitada por los residentes del Sur de la ciudad

Campo

Empresas locales de dátil finalizan exitosamente proceso crucial de polinización

Se trata del proceso más importante del dátil, que determina si la palma da fruto o no