/ viernes 21 de junio de 2019

Investiga Fiscalía queja de estupro

Un prefecto de la Secundaria 69 fue suspendido de sus labores por la dirección de la escuela por su relación con la menor.

La Fiscalía General de Justicia del Estado, tiene abierta una investigación por el posible delito de estupro por parte de un prefecto de la Escuela Secundaria Técnica 69 en perjuicio de una alumna.

La denuncia a esta Fiscalía, fue realizada en la Agencia de Delitos Sexuales de San Luis el pasado 21 de marzo del 2019.

Ante el caso se procedió inmediatamente a emitir medidas de protección, así como solicitar el nombramiento a instancia educativa, advirtiéndoles de la posible circunstancia delictiva a la Dirección General de la Escuela, que en forma inmediata procedió a la suspensión de servicios laborales del empleado de la escuela secundaria.

En relación a esta denuncia, se mantiene la secrecía, bajo el criterio de protección a los derechos humanos de la víctima, que restringe la información sobre datos de identidad de la misma, como marcan los protocolos nacionales e internacionales.

Respecto al delito en cuestión: Según el artículo 215 del Código Penal para el Estado de Sonora, comete el delito de estupro quien copula con persona mayor de doce años y menor de dieciocho años, obteniendo su consentimiento por medio de seducción o cualquier tipo de engaño. Al estuprador, se le sancionará con prisión de dos a cuatro años y multa de cien a trescientas unidades de medida y actualización.

Cuando la conducta señalada en el párrafo anterior se realice en el interior de las instituciones de educación básica, media superior, superior o en sus inmediaciones, la sanción se duplicará.

La Fiscalía General de Justicia del Estado, tiene abierta una investigación por el posible delito de estupro por parte de un prefecto de la Escuela Secundaria Técnica 69 en perjuicio de una alumna.

La denuncia a esta Fiscalía, fue realizada en la Agencia de Delitos Sexuales de San Luis el pasado 21 de marzo del 2019.

Ante el caso se procedió inmediatamente a emitir medidas de protección, así como solicitar el nombramiento a instancia educativa, advirtiéndoles de la posible circunstancia delictiva a la Dirección General de la Escuela, que en forma inmediata procedió a la suspensión de servicios laborales del empleado de la escuela secundaria.

En relación a esta denuncia, se mantiene la secrecía, bajo el criterio de protección a los derechos humanos de la víctima, que restringe la información sobre datos de identidad de la misma, como marcan los protocolos nacionales e internacionales.

Respecto al delito en cuestión: Según el artículo 215 del Código Penal para el Estado de Sonora, comete el delito de estupro quien copula con persona mayor de doce años y menor de dieciocho años, obteniendo su consentimiento por medio de seducción o cualquier tipo de engaño. Al estuprador, se le sancionará con prisión de dos a cuatro años y multa de cien a trescientas unidades de medida y actualización.

Cuando la conducta señalada en el párrafo anterior se realice en el interior de las instituciones de educación básica, media superior, superior o en sus inmediaciones, la sanción se duplicará.

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