/ viernes 22 de abril de 2022

Unidad Cibernética advierte que hasta 6 años de cárcel que compartan packs sin autorización

la Violación a la Intimidad Sexual es un delito que se penaliza en Sonora

La Unidad Cibernética de la Secretaría de Seguridad Pública de Sonora advierte que la filtración de packs sin el consentimiento de la persona que sale en las imágenes es penada, teniendo hasta 6 años de cárcel por este delito.

Entre las conductas que violentan la intimidad sexual destacan distribuir, exponer, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, publicar, intercambiar, compartir, videograbar, audiograbar, fotografiar, filmar o elaborar, imágenes, audios o videos de contenido sexual, erótico o pornográfico de una persona, reales o alterados, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

Entérate: Iván Reyes Arzate, el personaje detrás del cierre de la unidad antidrogas de EU en México

La información proporcionada por la UCE que estos castigos son con base a la Protección Integral contra la Violencia Digital, contemplada en el Código Penal para el Estado de Sonora, en su Artículo 167 TER, que indica que violentar la confianza y la intimidad sexual se considera un delito, que se penaliza de cuatro a seis años de prisión y de 150 a 300 unidades de medida y actualización.

Las organizaciones como la del Frente Nacional por la Sororidad, impulsores de la Ley Olimpia indican que el “sexting” forma parte del ejercicio libre de los derechos sexuales y comprende el envío y/o recepción de contenido sexual a través de medios electrónicos. El mismo consiste en el intercambio de imágenes y vídeos sexuales a través de mensajes por redes sociales y correo.

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Cortesía | SSP Sonora



Pero esto también conlleva peligros, ya que cuando se envían las imágenes o videos sexuales ya no hay control de las mismas y es por eso que se llegan a filtrar y se pueden producir un daño irreparable a la integridad y privacidad de la persona que comparte su contenido.

Otro de los riesgos, indicó, es el robo de fotos o vídeos sexuales guardados en dispositivos electrónicos para luego publicarlos en Internet. En caso de utilizar una webcam durante una conversación con otra persona, esta imagen puede ser capturada y grabada por el receptor, para luego ser publicada en la red y/o extorsionar a la persona.


La Unidad Cibernética recomendó que, para un sexting seguro, se proteja la identidad cubriendo rostro o alguna señal con la cual se pueda identificar a la persona; utilizar aplicaciones de mensajería donde se borren automáticamente los mensajes; eliminar este tipo de contenido del dispositivo móvil, computadora o de la nube, si es el caso.

Para mayor información la Unidad Cibernética de la Secretaría de Seguridad Pública pone a disposición el teléfono 800-77-CIBER (24237) y el correo electrónico ciberssp@sonora.gob.mx.



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La comunicación digital y las redes sociales han traído situaciones riesgosas./Cortesía | Sol de México


La Unidad Cibernética de la Secretaría de Seguridad Pública de Sonora advierte que la filtración de packs sin el consentimiento de la persona que sale en las imágenes es penada, teniendo hasta 6 años de cárcel por este delito.

Entre las conductas que violentan la intimidad sexual destacan distribuir, exponer, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, publicar, intercambiar, compartir, videograbar, audiograbar, fotografiar, filmar o elaborar, imágenes, audios o videos de contenido sexual, erótico o pornográfico de una persona, reales o alterados, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

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La información proporcionada por la UCE que estos castigos son con base a la Protección Integral contra la Violencia Digital, contemplada en el Código Penal para el Estado de Sonora, en su Artículo 167 TER, que indica que violentar la confianza y la intimidad sexual se considera un delito, que se penaliza de cuatro a seis años de prisión y de 150 a 300 unidades de medida y actualización.

Las organizaciones como la del Frente Nacional por la Sororidad, impulsores de la Ley Olimpia indican que el “sexting” forma parte del ejercicio libre de los derechos sexuales y comprende el envío y/o recepción de contenido sexual a través de medios electrónicos. El mismo consiste en el intercambio de imágenes y vídeos sexuales a través de mensajes por redes sociales y correo.

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Pero esto también conlleva peligros, ya que cuando se envían las imágenes o videos sexuales ya no hay control de las mismas y es por eso que se llegan a filtrar y se pueden producir un daño irreparable a la integridad y privacidad de la persona que comparte su contenido.

Otro de los riesgos, indicó, es el robo de fotos o vídeos sexuales guardados en dispositivos electrónicos para luego publicarlos en Internet. En caso de utilizar una webcam durante una conversación con otra persona, esta imagen puede ser capturada y grabada por el receptor, para luego ser publicada en la red y/o extorsionar a la persona.


La Unidad Cibernética recomendó que, para un sexting seguro, se proteja la identidad cubriendo rostro o alguna señal con la cual se pueda identificar a la persona; utilizar aplicaciones de mensajería donde se borren automáticamente los mensajes; eliminar este tipo de contenido del dispositivo móvil, computadora o de la nube, si es el caso.

Para mayor información la Unidad Cibernética de la Secretaría de Seguridad Pública pone a disposición el teléfono 800-77-CIBER (24237) y el correo electrónico ciberssp@sonora.gob.mx.



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La comunicación digital y las redes sociales han traído situaciones riesgosas./Cortesía | Sol de México


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