/ martes 2 de enero de 2024

SAT da prórroga para emisión de Carta Porte 3.0

La Carta Porte es un documento obligatorio desde enero de 2022 y sirve para amparar el traslado de bienes o mercancías en el país

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió hasta el 31 de marzo de 2024 el plazo para que los contribuyentes puedan emitir sus facturas con la nueva versión del complemento Carta Porte.

En un comunicado, el organismo explicó que la prórroga es con el fin de que todos los contribuyentes puedan adaptarse a la nueva versión de la Carta Porte 3.0, pues el plazo original previsto era el pasado 31 de diciembre de 2023.

De esta manera, los usuarios podrán seguir emitiendo facturas con la versión de Carta Porte 2.0 en los próximos meses, mientras continúan migrando sus datos y adaptando sus sistemas paulatinamente.

Dicho documento es obligatorio desde enero de 2022 y sirve para amparar el traslado de bienes o mercancías en el país, ya que contiene información sobre el destino, medio de transporte, ubicación de origen, entre otros datos de seguridad.

“La información registrada en el complemento Carta Porte está protegida por el secreto fiscal y ayuda a fortalecer el comercio formal, combatir el contrabando y la competencia desleal, ya que regulariza las operaciones comerciales relacionadas con los servicios de transporte”, precisó el SAT, de Antonio Martínez Dagnino.

Cabe señalar que el 31 de diciembre de 2023 también concluyó la prórroga de la no aplicación de multas y sanciones a quienes no emitieron sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió hasta el 31 de marzo de 2024 el plazo para que los contribuyentes puedan emitir sus facturas con la nueva versión del complemento Carta Porte.

En un comunicado, el organismo explicó que la prórroga es con el fin de que todos los contribuyentes puedan adaptarse a la nueva versión de la Carta Porte 3.0, pues el plazo original previsto era el pasado 31 de diciembre de 2023.

De esta manera, los usuarios podrán seguir emitiendo facturas con la versión de Carta Porte 2.0 en los próximos meses, mientras continúan migrando sus datos y adaptando sus sistemas paulatinamente.

Dicho documento es obligatorio desde enero de 2022 y sirve para amparar el traslado de bienes o mercancías en el país, ya que contiene información sobre el destino, medio de transporte, ubicación de origen, entre otros datos de seguridad.

“La información registrada en el complemento Carta Porte está protegida por el secreto fiscal y ayuda a fortalecer el comercio formal, combatir el contrabando y la competencia desleal, ya que regulariza las operaciones comerciales relacionadas con los servicios de transporte”, precisó el SAT, de Antonio Martínez Dagnino.

Cabe señalar que el 31 de diciembre de 2023 también concluyó la prórroga de la no aplicación de multas y sanciones a quienes no emitieron sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte.

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