/ miércoles 14 de diciembre de 2022

¿Sabes qué es el ECOSIG? Se castigara

Celebraron que por mayoría el Congreso del Estado aprobó la prohibición de todo tipo de terapias de conversión a integrantes de la comunidad LGBTTTI

Por considerarse prácticas que han originado la violación de los derechos de personas integrantes de la comunidad LGBTTTI, por mayoría, el Congreso del Estado de Sonora, aprobó la prohibición a todo tipo de Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG).

¿COMO SE SANCIONARÁ LOS ECOSIG?

La sanción impuesta en el Código Penal, será de dos a seis años de prisión y de 150 a 300 días de trabajo a favor de la población, así como multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y quedará obligada a la reparación del daño a la víctima u ofendido.

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En el caso de toda persona profesionistas, profesionales, técnicas o auxiliares de las disciplinas para la salud y, en general, relacionada con las prácticas médicas y de salud que instigue, promueva, permita, consienta, coaccione, someta, realice, imparta, aplique, obligue o financie con o sin fines de lucro a terapias de conversión, se suspenderá del ejercicio profesional de uno a tres años según lo que se señala en la Ley de Salud para el Estado de Sonora, el Decreto que adiciona el Artículo 148 Quinquies.

EN RESUMEN

Fue el pasado dos de julio de 2023, cuando la diputada Rosa Elena Trujillo Llanes presentó la iniciativa, misma que posteriormente la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, estudió y luego fundamentó el dictamen con base en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, además de la Constitución Federal y la local.

Uno de los considerandos del Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal del Estado de Sonora y de la Ley de Salud para el Estado de Sonora, establece que es necesario que el Poder Legislativo actualice el marco legal para prevenir, investigar y, por consiguiente, castigar toda aquella conducta que cause discriminación a quienes integran un grupo vulnerable de la sociedad, como es la comunidad LGBTTTI.

Este considerando agrega que de todas las disposiciones, tanto de tratados internacionales como de las normas nacionales y locales señaladas con antelación, se desprende la obligación de esta Legislatura de llevar a cabo la actualización o modificación del marco constitucional o legal local, con el objeto de dar efectividad al disfrute de los derechos humanos en favor de todas y todos los sonorenses.

Por considerarse prácticas que han originado la violación de los derechos de personas integrantes de la comunidad LGBTTTI, por mayoría, el Congreso del Estado de Sonora, aprobó la prohibición a todo tipo de Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG).

¿COMO SE SANCIONARÁ LOS ECOSIG?

La sanción impuesta en el Código Penal, será de dos a seis años de prisión y de 150 a 300 días de trabajo a favor de la población, así como multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y quedará obligada a la reparación del daño a la víctima u ofendido.

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En el caso de toda persona profesionistas, profesionales, técnicas o auxiliares de las disciplinas para la salud y, en general, relacionada con las prácticas médicas y de salud que instigue, promueva, permita, consienta, coaccione, someta, realice, imparta, aplique, obligue o financie con o sin fines de lucro a terapias de conversión, se suspenderá del ejercicio profesional de uno a tres años según lo que se señala en la Ley de Salud para el Estado de Sonora, el Decreto que adiciona el Artículo 148 Quinquies.

EN RESUMEN

Fue el pasado dos de julio de 2023, cuando la diputada Rosa Elena Trujillo Llanes presentó la iniciativa, misma que posteriormente la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, estudió y luego fundamentó el dictamen con base en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, además de la Constitución Federal y la local.

Uno de los considerandos del Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal del Estado de Sonora y de la Ley de Salud para el Estado de Sonora, establece que es necesario que el Poder Legislativo actualice el marco legal para prevenir, investigar y, por consiguiente, castigar toda aquella conducta que cause discriminación a quienes integran un grupo vulnerable de la sociedad, como es la comunidad LGBTTTI.

Este considerando agrega que de todas las disposiciones, tanto de tratados internacionales como de las normas nacionales y locales señaladas con antelación, se desprende la obligación de esta Legislatura de llevar a cabo la actualización o modificación del marco constitucional o legal local, con el objeto de dar efectividad al disfrute de los derechos humanos en favor de todas y todos los sonorenses.

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