/ martes 18 de julio de 2023

Trabajadores menores de edad deben estar afiliados al IMSS

Es obligación de los patrones inscribir al Instituto a los empleados que tienen entre 15 y 18 años de edad, para que gocen del servicio médico y demás prestaciones

Los menores de edad que tienen entre 15 y 18 años que están activos laboralmente tienen derecho a estar dados de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por lo que se hace un llamado a los patrones para que los afilien a la Institución.

Directivos del IMSS informaron sobre la obligación que tienen los patrones de incorporar al Régimen Obligatorio del Seguro Social a las personas trabajadoras menores de edad; sector que goza enteramente del derecho a las prestaciones de los seguros de Riesgos de Trabajo; Enfermedades y Maternidad; Invalidez y Vida; Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; y Guarderías y Prestaciones Sociales.

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Como parte de la campaña de información que se emprendió a nivel nacional y a la cual se sumó la Representación del IMSS en Baja California y San Luis Río Colorado, se dio a conocer que, para proponer esta campaña, se consideró el artículo 1º de la Constitución, en virtud del cual todas las personas, incluyendo a niñas, niños y adolescentes, gozan de los derechos humanos, conforme a los principios de universalidad, independencia, indivisibilidad y progresividad.


Cortesía | IMSS


Se explicó, en este aspecto, que el marco jurídico aplicable, entre otras disposiciones, establece la prohibición del trabajo de menores de 18 años en labores peligrosas o insalubres y en horas extraordinarias, domingos y días de descanso obligatorio.

Funcionarios del IMSS informaron, a finales de 2022, que estadísticamente a nivel nacional más de 200 mil personas entre 15 y 18 años estarían en condición de ser incorporadas al Régimen Obligatorio del Seguro Social por parte de sus patrones.

Recalcaron que, en última instancia, el postulado categórico es que las personas menores de edad que dentro de los límites establecidos por la Constitución, los Tratados Internacionales de los que México es parte y la Ley Federal del Trabajo, presten un servicio remunerado, personal y subordinado, es decir, que se encuentren bajo una relación laboral, son sujetos del Régimen Obligatorio del Seguro Social y, por lo tanto, gozan de la cobertura más amplia que la seguridad social ofrece.

Por parte del IMSS se hace hincapié a los patrones que, si tienen entre sus empleados a adolescentes de 15 a 18 años, son sujetos del régimen obligatorio del Seguro Social, gozando de la cobertura más amplia que la seguridad social ofrece. Además, se establece que los menores de edad no deben trabajar después de las 10:00 de la noche.

Las personas interesadas en obtener mayor información al respecto deben comunicarse al teléfono 800-6232323 opción 2 o ingresar a la página de internet: http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02009.

Los menores de edad que tienen entre 15 y 18 años que están activos laboralmente tienen derecho a estar dados de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por lo que se hace un llamado a los patrones para que los afilien a la Institución.

Directivos del IMSS informaron sobre la obligación que tienen los patrones de incorporar al Régimen Obligatorio del Seguro Social a las personas trabajadoras menores de edad; sector que goza enteramente del derecho a las prestaciones de los seguros de Riesgos de Trabajo; Enfermedades y Maternidad; Invalidez y Vida; Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; y Guarderías y Prestaciones Sociales.

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Como parte de la campaña de información que se emprendió a nivel nacional y a la cual se sumó la Representación del IMSS en Baja California y San Luis Río Colorado, se dio a conocer que, para proponer esta campaña, se consideró el artículo 1º de la Constitución, en virtud del cual todas las personas, incluyendo a niñas, niños y adolescentes, gozan de los derechos humanos, conforme a los principios de universalidad, independencia, indivisibilidad y progresividad.


Cortesía | IMSS


Se explicó, en este aspecto, que el marco jurídico aplicable, entre otras disposiciones, establece la prohibición del trabajo de menores de 18 años en labores peligrosas o insalubres y en horas extraordinarias, domingos y días de descanso obligatorio.

Funcionarios del IMSS informaron, a finales de 2022, que estadísticamente a nivel nacional más de 200 mil personas entre 15 y 18 años estarían en condición de ser incorporadas al Régimen Obligatorio del Seguro Social por parte de sus patrones.

Recalcaron que, en última instancia, el postulado categórico es que las personas menores de edad que dentro de los límites establecidos por la Constitución, los Tratados Internacionales de los que México es parte y la Ley Federal del Trabajo, presten un servicio remunerado, personal y subordinado, es decir, que se encuentren bajo una relación laboral, son sujetos del Régimen Obligatorio del Seguro Social y, por lo tanto, gozan de la cobertura más amplia que la seguridad social ofrece.

Por parte del IMSS se hace hincapié a los patrones que, si tienen entre sus empleados a adolescentes de 15 a 18 años, son sujetos del régimen obligatorio del Seguro Social, gozando de la cobertura más amplia que la seguridad social ofrece. Además, se establece que los menores de edad no deben trabajar después de las 10:00 de la noche.

Las personas interesadas en obtener mayor información al respecto deben comunicarse al teléfono 800-6232323 opción 2 o ingresar a la página de internet: http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02009.

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