/ martes 25 de abril de 2023

A punto de vencer el plazo para presentar la declaración fiscal

El presidente del Colegio de Contadores Públicos Everardo Camacho Mendoza, informó que los contribuyentes tienen la obligación de presentarla por ingresos por salario

El próximo 30 de abril de este año, vence el plazo para la presentación de la declaración anual ante el Servicio de Administración tributaria (SAT), pero como es inhábil, el plazo se recorre al día hábil siguiente, que será el 2 de mayo del 2023.

El presidente del Colegio de Contadores Públicos Everardo Camacho Mendoza, informó que los contribuyentes tienen la obligación de presentarla por ingresos por salarios.

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“Si obtuviste ingresos mayores a 400 mil pesos en el año, si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aun cuando no hayas rebasado los 400 mil pesos, si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu declaración anual”.

Agregó que, cuando no se cae en esos casos, no hay la obligación de presentarla ante la autoridad fiscal.


Queda poco tiempo para la presentación de la declaración anual / Víctor Félix | Tribuna de San Luis


Indicó que algunos contribuyentes la presentan en ocasiones, aunque no tengan obligación, porque durante el año tuvieron deducciones personales, como gastos médicos, dentales, hospitalarios, de funeral, deducción por colegiaturas, intereses reales por créditos hipotecarios y esto le origina un saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Comentó que, hay casos en que habrá personas que no cumplan con esta obligación, para ellos, en el artículo 81, fracción I del Código Fiscal de la Federación (CFF) señala que los contribuyentes que no realicen la declaración anual del SAT serán sancionados y las multas económicas.

“Por cada obligación no declarada la multa equivale a mil 810 a 22 mil 400 pesos; por no realizar la declaración anual en tiempo y forma, la multa es de mil 810 a 44 mil 790 pesos”.

Expresó que en los casos que haya un requerimiento por la autoridad, si se hace espontáneo, aunque sea extemporáneo no habría multa.

Para saber si se cuenta con un saldo a favor, se debe solicitar al banco o institución crediticia una constancia de intereses reales, se trata de un documento fiscal con el que comprobarás ante el SAT el monto de los intereses reales pagados.

En promedio, el SAT tarda 5 días hábiles en realizar los depósitos desde la solicitud de la devolución del saldo a favor y la presentación de la declaración anual.

El próximo 30 de abril de este año, vence el plazo para la presentación de la declaración anual ante el Servicio de Administración tributaria (SAT), pero como es inhábil, el plazo se recorre al día hábil siguiente, que será el 2 de mayo del 2023.

El presidente del Colegio de Contadores Públicos Everardo Camacho Mendoza, informó que los contribuyentes tienen la obligación de presentarla por ingresos por salarios.

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“Si obtuviste ingresos mayores a 400 mil pesos en el año, si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aun cuando no hayas rebasado los 400 mil pesos, si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu declaración anual”.

Agregó que, cuando no se cae en esos casos, no hay la obligación de presentarla ante la autoridad fiscal.


Queda poco tiempo para la presentación de la declaración anual / Víctor Félix | Tribuna de San Luis


Indicó que algunos contribuyentes la presentan en ocasiones, aunque no tengan obligación, porque durante el año tuvieron deducciones personales, como gastos médicos, dentales, hospitalarios, de funeral, deducción por colegiaturas, intereses reales por créditos hipotecarios y esto le origina un saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Comentó que, hay casos en que habrá personas que no cumplan con esta obligación, para ellos, en el artículo 81, fracción I del Código Fiscal de la Federación (CFF) señala que los contribuyentes que no realicen la declaración anual del SAT serán sancionados y las multas económicas.

“Por cada obligación no declarada la multa equivale a mil 810 a 22 mil 400 pesos; por no realizar la declaración anual en tiempo y forma, la multa es de mil 810 a 44 mil 790 pesos”.

Expresó que en los casos que haya un requerimiento por la autoridad, si se hace espontáneo, aunque sea extemporáneo no habría multa.

Para saber si se cuenta con un saldo a favor, se debe solicitar al banco o institución crediticia una constancia de intereses reales, se trata de un documento fiscal con el que comprobarás ante el SAT el monto de los intereses reales pagados.

En promedio, el SAT tarda 5 días hábiles en realizar los depósitos desde la solicitud de la devolución del saldo a favor y la presentación de la declaración anual.

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