Ante la emergencia sanitaria por Covid-19, los recién nacidos, aún sin acta de nacimiento, y los estudiantes de 16 a 25 años de edad que estudien en escuelas privadas incorporadas a la Secretaría de Educación Pública (SEP) mantienen vigente su derecho a los servicios de salud sin tener que presentar constancia de estudios; sin embargo, en ciertos casos, se les pedirá el recibo de pago del ciclo escolar en curso.
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El titular de la Jefatura de Servicios de Afiliación y Cobranza, Luis Gerardo Lerma Salcido, explicó que los recién nacidos, que derivado de la emergencia sanitaria no han podido ser registrados y, por lo tanto, carecen de acta de nacimiento, son debidamente atendidos en las clínicas y hospitales del Instituto, siempre que se trate de hijos de trabajadores que cotizan y están vigentes ante el IMSS.
En estos casos, dijo, deberá presentarse el certificado de alumbramiento emitido por el hospital de atención.
Recordó que los estudiantes de dichos niveles educativos de las escuelas públicas normalmente no necesitan acreditar sus estudios ante el IMSS, ya que son los propios planteles educativos los que notifican al Instituto sobre sus estudiantes vigentes.
Luis Lerma indicó que el Instituto cuenta con la aplicación IMSS Digital y con la página www.imss.gob.mx en donde los estudiantes y la derechohabiencia pueden constatar la vigencia de derechos, ubicar su Unidad de Medicina Familiar y hospitales, programar una cita médica, realizar trámites como alta o cambio de clínica y obtener o consultar el Número de Seguridad Social (NSS).