/ sábado 1 de febrero de 2020

Tienen derecho varones a descanso por paternidad

Los trabajadores hombres, al momento de tener un hijo pueden pedir a la empresa 5 días de descanso pagados

Algunos varones trabajadores desconocen que tienen derecho a un permiso pagado de 5 días en caso de nacimiento de un hijo, el cual pueden utilizar a su elección desde el momento del parto.

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En este sentido, el director de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) número 38 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Óscar Castro Guevara, comentó que en dicho centro de salud el trámite se realiza, exclusivamente, a los trabajadores de esta institución porque cada uno debe hacerlo ante la empresa en la cual labora.

La solicitud para que el padre de familia disfrute del beneficio de pasar 5 días al lado del bebé desde el momento del nacimiento, se hace en el área de afiliación y vigencia presentando el aviso de nacimiento.

ESTABLECE LA LEY

La licencia por paternidad se otorga desde 2017, gracias a una Reforma Laboral, el Artículo 132, fracción XXVII bis, de la Ley Federal del Trabajo establece la obligación del patrón de otorgar permiso de paternidad de 5 días laborales con goce de sueldo a los hombres trabajadores.

Según información emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Ley Federal del Trabajo establece como obligación del patrón otorgar un permiso de paternidad de cinco días laborales con goce de sueldo a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y, de igual manera, en el caso de adopción de un infante.

Con esta medida se busca salvaguardar los derechos laborales de los mexicanos, por lo que la dependencia federal vigila el cumplimiento de las empresas de otorgar a padres trabajadores licencia de paternidad.

Se detalla en un comunicado que, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres pretende, por su lado, contribuir a un reparto más equilibrado de las responsabilidades familiares reconociendo a los padres biológicos y por adopción el derecho a un permiso y a una prestación por paternidad, en términos de la legislación laboral.

La Secretaría del Trabajo fomenta acciones que fortalezcan la convivencia entre padres e hijos, con el propósito de incentivar el sentido de pertenencia al centro laboral y contribuir con ello, al bienestar personal y familiar.

Entre los requisitos para el otorgamiento de licencias por paternidad destacan: llenar solicitud con datos personales y entregar copias de identificación oficial vigente, último talón de pago o recibo, un comprobante de domicilio y certificado médico de nacimiento, entre otros.

Algunos varones trabajadores desconocen que tienen derecho a un permiso pagado de 5 días en caso de nacimiento de un hijo, el cual pueden utilizar a su elección desde el momento del parto.

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En este sentido, el director de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) número 38 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Óscar Castro Guevara, comentó que en dicho centro de salud el trámite se realiza, exclusivamente, a los trabajadores de esta institución porque cada uno debe hacerlo ante la empresa en la cual labora.

La solicitud para que el padre de familia disfrute del beneficio de pasar 5 días al lado del bebé desde el momento del nacimiento, se hace en el área de afiliación y vigencia presentando el aviso de nacimiento.

ESTABLECE LA LEY

La licencia por paternidad se otorga desde 2017, gracias a una Reforma Laboral, el Artículo 132, fracción XXVII bis, de la Ley Federal del Trabajo establece la obligación del patrón de otorgar permiso de paternidad de 5 días laborales con goce de sueldo a los hombres trabajadores.

Según información emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Ley Federal del Trabajo establece como obligación del patrón otorgar un permiso de paternidad de cinco días laborales con goce de sueldo a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y, de igual manera, en el caso de adopción de un infante.

Con esta medida se busca salvaguardar los derechos laborales de los mexicanos, por lo que la dependencia federal vigila el cumplimiento de las empresas de otorgar a padres trabajadores licencia de paternidad.

Se detalla en un comunicado que, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres pretende, por su lado, contribuir a un reparto más equilibrado de las responsabilidades familiares reconociendo a los padres biológicos y por adopción el derecho a un permiso y a una prestación por paternidad, en términos de la legislación laboral.

La Secretaría del Trabajo fomenta acciones que fortalezcan la convivencia entre padres e hijos, con el propósito de incentivar el sentido de pertenencia al centro laboral y contribuir con ello, al bienestar personal y familiar.

Entre los requisitos para el otorgamiento de licencias por paternidad destacan: llenar solicitud con datos personales y entregar copias de identificación oficial vigente, último talón de pago o recibo, un comprobante de domicilio y certificado médico de nacimiento, entre otros.

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