/ martes 29 de septiembre de 2020

Cómo denunciar un delito ante la Fiscalía General de Justicia del Estado

Aun cuando el Código Nacional de Procedimientos Penales prevé en su artículo 132 que es obligación de la Policía recibir las denuncias sobre hechos que puedan ser constitutivos de delito e informar al Ministerio Público por cualquier medio y de forma inmediata de las diligencias practicadas, a efecto que éste coordine la investigación, es recomendable desde el punto de vista jurídico hacer directamente del conocimiento, ya sea en forma oral o por escrito, a un agente del Ministerio Público, la presunta comisión de un hecho calificado por la ley como delito, toda vez que es dicha autoridad la que deberá de conducir la investigación, coordinar a las Policías y a los servicios periciales durante la investigación, resolver sobre el ejercicio de la acción penal en la forma establecida por la ley y en su caso ordenar las diligencias pertinentes y útiles para demostrar o no la existencia del delito y la responsabilidad de quien lo cometió o participó en su comisión.

Sin embargo, para presentar una denuncia, se requiere reunir algunos requisitos de procedencia, dependiendo el ilícito que se vaya a denunciar.

Por ejemplo, para interponer denuncias y querellas es necesario presentarse el ofendido personalmente en los Centros de Atención Temprana (CAT) de la Fiscalía General de Justicia del Estado con identificación oficial vigente; esta oficina se encuentra en avenida Revolución y calle 38 de esta ciudad.

En caso de interponer querella a través de representante o apoderado legal, deberá presentar: Cédula profesional del representante o apoderado legal y/o poder notariado para presentar denuncias y querellas.

Además, se deberán presentar los siguientes documentos:

Para el delito de daños: Documentos que acrediten que el querellante tiene la propiedad del bien que haya sufrido los daños (en el caso de vehículos, la factura original y en el caso de inmuebles, la escritura pública o contrato).

En caso de contar con presupuesto de la reparación de los daños por escrito expedido por negocio establecido o en su caso los recibos o facturas en original de los pagos realizados por este concepto.

Para el delito de incumplimiento de obligaciones familiares: Acta de nacimiento del o de los ofendidos ya sea en original o copias certificadas.

Para el delito de abuso de confianza: Requerimiento formal de los bienes referidos en la querella, el cual deberá contar a su vez con la firma de dos testigos y copia de las identificaciones oficiales de los testigos del requerimiento formal.

Para el delito de despojo: Documentos que acrediten la propiedad del bien inmueble o en su caso el contrato de arrendamiento.

Para el delito de robo entre familiares: Actas de nacimiento que demuestren el lazo familiar ofendido-presunto responsable.

Para el delito de sustracción de menores: Acta de nacimiento del o de los menores sustraídos y documento judicial que acredite la custodia del menor.