/ sábado 14 de marzo de 2020

Desde mi tribuna | El congreso en tiempos de juicios políticos

Existen dos ratificaciones de este proceso legal.

No hay colores ni corazón en la decisión final.

Siempre que hay un cambio de gobierno y llega un partido político diferente al anterior, inicia el proceso de revisión de las anomalías que se encontraron en las arcas municipales, sin embargo en la era de la Cuarta Transformación todo ha pintado diferente.

Hoy los actos de corrupción no se toleran y son los propios regidores o funcionarios de los gobiernos municipales quienes inician la petición de un juicio político contra quien presuntamente cometió faltas administrativas graves.

Hablo de este tema porque en los siguientes días escucharán mucho el término de “juicio político” y es que actualmente en el Congreso del Estado se analizan e investigan dos peticiones; uno contra una funcionaria estatal y la otra municipal.

Pero ¿qué significa un juicio político? Solo los diputados del Congreso del Estado tenemos la facultad de someter, si las pruebas son suficientes, de someter a este proceso jurídico a un funcionario, ya sea desde magistrados, comisionados, consejeros, jueces, ministerios públicos, regidores, síndicos, presidentes municipales, entre otros. Y regresando a la pregunta, es cuando uno de los antes citados incurre en actos u omisiones que afecten los intereses públicos, esto según lo marca nuestra Constitución Política de Sonora.

Llegar a un dictamen de procedencia es un camino tardado, ya que se brindan entre diez a 15 días hábiles para escuchar a ambas partes, es decir el solicitante o demandante y el presunto responsable de las acciones. Antes de eso, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, la cual presido, ratifica la solicitud y de ahí comienza a correr el tiempo.

Una vez que concluye el proceso, se dictamina con el voto a favor o en contra de mis compañeros diputados de la comisión y en caso que proceda el presunto responsable es destituido de su cargo, se inhabilita para desempeñar funciones en el servicio público. Antes de todo, el dictamen se turna al pleno para que el resto de los legisladores emita su voto.

El tiempo para llegar a un dictamen puede ser muy impreciso, sobre todo cuando ambas partes acceden a que la investigación se extienda y sobre todo para que nosotros como diputados podamos tomar la decisión más asertiva.

Y aprovecho la oportunidad para dejar en claro que no hay corazón en este tema, tampoco hay colores ni partidos, la única defensa que tendrá la persona imputada es la que presentará ante los diputados, de lo contrario deberá hacerse responsable de sus actos.

Existen dos ratificaciones de este proceso legal.

No hay colores ni corazón en la decisión final.

Siempre que hay un cambio de gobierno y llega un partido político diferente al anterior, inicia el proceso de revisión de las anomalías que se encontraron en las arcas municipales, sin embargo en la era de la Cuarta Transformación todo ha pintado diferente.

Hoy los actos de corrupción no se toleran y son los propios regidores o funcionarios de los gobiernos municipales quienes inician la petición de un juicio político contra quien presuntamente cometió faltas administrativas graves.

Hablo de este tema porque en los siguientes días escucharán mucho el término de “juicio político” y es que actualmente en el Congreso del Estado se analizan e investigan dos peticiones; uno contra una funcionaria estatal y la otra municipal.

Pero ¿qué significa un juicio político? Solo los diputados del Congreso del Estado tenemos la facultad de someter, si las pruebas son suficientes, de someter a este proceso jurídico a un funcionario, ya sea desde magistrados, comisionados, consejeros, jueces, ministerios públicos, regidores, síndicos, presidentes municipales, entre otros. Y regresando a la pregunta, es cuando uno de los antes citados incurre en actos u omisiones que afecten los intereses públicos, esto según lo marca nuestra Constitución Política de Sonora.

Llegar a un dictamen de procedencia es un camino tardado, ya que se brindan entre diez a 15 días hábiles para escuchar a ambas partes, es decir el solicitante o demandante y el presunto responsable de las acciones. Antes de eso, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, la cual presido, ratifica la solicitud y de ahí comienza a correr el tiempo.

Una vez que concluye el proceso, se dictamina con el voto a favor o en contra de mis compañeros diputados de la comisión y en caso que proceda el presunto responsable es destituido de su cargo, se inhabilita para desempeñar funciones en el servicio público. Antes de todo, el dictamen se turna al pleno para que el resto de los legisladores emita su voto.

El tiempo para llegar a un dictamen puede ser muy impreciso, sobre todo cuando ambas partes acceden a que la investigación se extienda y sobre todo para que nosotros como diputados podamos tomar la decisión más asertiva.

Y aprovecho la oportunidad para dejar en claro que no hay corazón en este tema, tampoco hay colores ni partidos, la única defensa que tendrá la persona imputada es la que presentará ante los diputados, de lo contrario deberá hacerse responsable de sus actos.