/ martes 21 de enero de 2020

HABLEMOS DERECHO

Nuevo Sistema de Justicia Laboral


De la reforma laboral publicada el primero de mayo del 2019 podemos advertir tres ejes fundamentales:

1. Transición de la función jurisdiccional de las Juntas de Conciliación y Arbitraje a Tribunales Laborales dependientes del Poder Judicial de la Federación y de los Poderes Judiciales de las entidades federativas.

2. Democracia sindical. Los trabajadores serán consultados mediante voto personal, libre, directo y secreto en los siguientes casos:

Elección de directivas sindicales. Esta obligación incluye a los sindicatos de trabajadores al servicio del Estado.

Firma de contratos iniciales. Se deberá demostrar respaldo de los trabajadores para obtener la “Constancia de Representatividad”.

Ratificación de acuerdos negociados sobre el contenido de un contrato colectivo o convenio de revisión.

Así como legitimación de contratos colectivos existentes.

3. Organismos de Conciliación y Registro. Se crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral como organismo público descentralizado responsable de:

Registro a nivel nacional de organizaciones sindicales, contratos colectivos y reglamentos interiores de trabajo; instancia conciliatoria prejudicial y obligatoria en los conflictos del fuero federal y verificación de procedimientos de consulta y democracia sindical.

A nivel estatal, se deberán crear los Centros de Conciliación, para desahogar la instancia conciliatoria.

Ahora bien, en este 2020 iniciará el proyecto para la implementación de la Reforma Laboral en México, por lo que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social ha informado que se acordó un calendario escalonado para la implementación de la Reforma Laboral en el país.

El proyecto arranca en Baja California Sur, Chiapas, Tabasco, Durango, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, San Luis Potosí, Tlaxcala y Zacatecas.

En 2021 seguirán con 11 entidades, para culminar en 2022 con las 11 restantes, es decir 1 año antes del período marcado en la ley. (El 1 de mayo de 2023).

Sin embargo, al día de hoy ya se ha instalado el Consejo de Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral y una de sus primeras acciones fue aprobar la Estrategia Nacional de Implementación, basada en nueve ejes: Normatividad y armonización legislativa, creación e instalación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como la instrumentación de organismos públicos descentralizados en los estados, transferencia y digitalización de expedientes, creación y entrada en funciones de los tribunales laborales, conclusión de los asuntos en trámite pendientes de resolución, profesionalización en material de justicia laboral, procedimientos para garantizar la democracia sindical y la negociación colectiva auténtica y perspectiva de género.

Se espera que el nuevo modelo laboral en México pueda implementarse en tiempo y forma en los plazos establecidos en los artículos transitorios de la ley.

Nuevo Sistema de Justicia Laboral


De la reforma laboral publicada el primero de mayo del 2019 podemos advertir tres ejes fundamentales:

1. Transición de la función jurisdiccional de las Juntas de Conciliación y Arbitraje a Tribunales Laborales dependientes del Poder Judicial de la Federación y de los Poderes Judiciales de las entidades federativas.

2. Democracia sindical. Los trabajadores serán consultados mediante voto personal, libre, directo y secreto en los siguientes casos:

Elección de directivas sindicales. Esta obligación incluye a los sindicatos de trabajadores al servicio del Estado.

Firma de contratos iniciales. Se deberá demostrar respaldo de los trabajadores para obtener la “Constancia de Representatividad”.

Ratificación de acuerdos negociados sobre el contenido de un contrato colectivo o convenio de revisión.

Así como legitimación de contratos colectivos existentes.

3. Organismos de Conciliación y Registro. Se crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral como organismo público descentralizado responsable de:

Registro a nivel nacional de organizaciones sindicales, contratos colectivos y reglamentos interiores de trabajo; instancia conciliatoria prejudicial y obligatoria en los conflictos del fuero federal y verificación de procedimientos de consulta y democracia sindical.

A nivel estatal, se deberán crear los Centros de Conciliación, para desahogar la instancia conciliatoria.

Ahora bien, en este 2020 iniciará el proyecto para la implementación de la Reforma Laboral en México, por lo que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social ha informado que se acordó un calendario escalonado para la implementación de la Reforma Laboral en el país.

El proyecto arranca en Baja California Sur, Chiapas, Tabasco, Durango, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, San Luis Potosí, Tlaxcala y Zacatecas.

En 2021 seguirán con 11 entidades, para culminar en 2022 con las 11 restantes, es decir 1 año antes del período marcado en la ley. (El 1 de mayo de 2023).

Sin embargo, al día de hoy ya se ha instalado el Consejo de Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral y una de sus primeras acciones fue aprobar la Estrategia Nacional de Implementación, basada en nueve ejes: Normatividad y armonización legislativa, creación e instalación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como la instrumentación de organismos públicos descentralizados en los estados, transferencia y digitalización de expedientes, creación y entrada en funciones de los tribunales laborales, conclusión de los asuntos en trámite pendientes de resolución, profesionalización en material de justicia laboral, procedimientos para garantizar la democracia sindical y la negociación colectiva auténtica y perspectiva de género.

Se espera que el nuevo modelo laboral en México pueda implementarse en tiempo y forma en los plazos establecidos en los artículos transitorios de la ley.